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CONSULTORIO DE LA CONSTRUCCIÓN: Ing. Guillermo Quequezana explica acerca del Saneamiento Físico Legal de Predios Urbanos


Desde un punto de vista técnico y legal, el Ing. Guillermo Quequezana Quintana nos explica el tema de Saneamiento físico legal, al que se le conoce de diferentes nombres como: saneamiento físico legal, saneamiento técnico legal, saneamiento predial o saneamiento físico legal registral.

El especialista en temas de saneamiento de predios de la Asociación Nacional de Derecho Registral, recomendó a los alcaldes conocer el tema del contexto general de problema de su distrito, capacitar a su personal para un adecuado asesoramiento en los avances de la normativa y las nuevas metodologías.

Asimismo, el Ing. CIP. Guillermo Quequezana Quintana, anunció un nuevo curso de Saneamiento Físico Legal para el mes de setiembre. los interesados pueden comunicarse al 2025008 / 2025029.

4 comentarios a “CONSULTORIO DE LA CONSTRUCCIÓN: Ing. Guillermo Quequezana explica acerca del Saneamiento Físico Legal de Predios Urbanos”

  1. JORGE AREVALO INFANTE dice:

    LA ENTREVISTA HA SIDO MUY IMPORTANTE Y SE LE RECONOCE EL VASTO CONOCIMIENTO Y EXPERIENCIA DE TAN DISTINGUIDO PROFESIONAL COMO EL INGENIERO GUILLERMO QUEQUEZANA.
    PERSONALMENTE ASISTI A UN CURSO DE PERITACIONES Y TASACIONES REALIZADO EN EL MES DE JULIO, PARA LO CUAL VIAJE DESDE EL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN, EL CUAL TUVO ALGUN INCONVENIENTE EN SU ORGANIZACION: MOTIVO POR EL CUAL DESEANDO CONOCER M,AS SOBRE EL TEMA DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL LE AGRADECERIA PROGRAMAR EL CURSO PARA QUE PUEDADN ASISTIR LOS INTERESADOS DE OTRAS LOCALIDADES EN FECHAS NO CERCANAS A LAS PROXIMAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES.
    GRACIAS.

  2. Juan Romero dice:

    Me interesa mucho saber del curso sobre el Tema de Saneamiento Fisico Legal, quisiera exactamente saber los dias del curso.
    Gracias por su atención.

    Juan Romero.

  3. Ricardo Jara dice:

    Si bien es cierto que, muchos de los verificadores inscritos en la sunarp (arquitectos y/o ingenieros) desconocen la parte normativa (ley 27157 / ley 29090 y su respectivo reglamento) es tambien cierto que la mayoría de registradores que califican los títulos de declaratoria de fábrica, independización, acumulación de lotes, etc. lo hacen sin criterio alguno, muchas veces trabando el expediente con observaciones que no tienen ningún sustento técnico ni legal, encareciendo y extendiendo en tiempo el trámite en el registro de predios. Pero lo peor radica en que no existe una unificación de criterios entre los registradores, lo que un registrador aprueba sin observaciones, otro registrador observa. desde mi punto de vista estos expedientes deberían ser calificados por un ingeniero o un arquitecto, de esta manera se “hablaría el mismo idioma”, cuando el Registro Predial Urbano funcionaba de forma independiente, existía un departamento técnico conformado por ingenieros y arquitectos que calificaban estos expedientes, los registradores sólo se remitían a proceder deacuerdo a los informes elaborados por el dpto. técnico.
    Asimismo deberían ser mas drásticas las sanciones a los malos profesionales, que firman estos expedientes sin haber siquiera revisado antes la documentación, ya se sabe quienes son los “firmones”, la comisión de ética del CIP debería hacer algo al respecto.
    Desde 1997 hasta la fecha, me dedico ha este rubro del saneamiento físico legal de las propiedades inmuebles, por lo que mis comentarios están basados en experiencias propias.
    Sin otro particular, me despido no sin antes felicitar a los que hicieron posible la creación de ésta página, en la cual se pueden intercambiar opiniones y de esta manera enriquecer mas nuestro conocimiento.
    Saludos,
    Ricardo Jara

  4. Anthony Romero dice:

    Buenos días, me interesaría saber mas del tema por lo que pediría me orienten donde podría llevar algún curso relacionado con esto.

    Saludos

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